CUANDO LAS BARBAS DE TU VECINO VEAS...


Padres de varios clubes de gimnasia de la Región de Murcia han constituido la Asociación para la defensa del juego limpio en la gimnasia rítmica con el fin de acabar "con años de irregularidades en la gestión de la Federación Murciana (FGRM), originadas en la parcialidad de sus actuaciones". Esta asociación ha enviado una carta y 272 firmas al Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, denunciando la parcialidad de la FGRM.

Esther Torices, Juana Martínez y José Sánchez, en representación de dicha asociación, que a su vez engloba a clubes de Murcia, Molina de Segura, Cartagena y San Pedro del Pinatar, denunciaron ante esta redacción "las injusticias que durante cada campeonato se comenten en las puntuaciones de los ejercicios". "En campeonatos escolares, de base y nacionales se sientan a puntuar un número reducido de jueces, que a su vez son entrenadoras de los mismos clubes que participan en la competición", señalan desde la asociación.
Sobre este aspecto, los padres denunciantes concretan que "en el 99% de las competiciones nacionales sólo dos jueces representan a la FGRM y nos consta que existe un amplio número de jueces capacitadas para ejercer dichas funciones". Desde la Asociación para la defensa del juego limpio en la gimnasia rítmica apuntan directamente "a Águeda Vérgara Usea y a Elena Manzanares, ambas del Club Torre Pacheco. Jueces que van a puntuar a eventos nacionales, en los que siempre participa su club".

Otra de las denuncias de la nueva asociación es la negativa de la Federación Murciana a dar las puntuaciones de cada una de las participantes al final de los distintos campeonatos. "En todas las competiciones, independientemente de las categorías y de los niveles, al finalizar las mismas sólo se dan los nombres de las tres primeras. Sólo semanas después, y no en todos los casos, se cuelgan las puntuaciones en la página web", indican.
Su solicitud consiste en que "se elimine a aquellos jueces con licencia de entrenador en vigor" o que "se limite la participación de los jueces con licencia de entrenador, no pudiendo estos puntuar a sus propios equipos". También piden que "se entreguen las puntuaciones a las entrenadoras durante la competición".

Todo para evitar lo que ocurrió en el último Regional, donde el público asistente, según la versión de los denunciantes, no dudó en gritar "tonto, tongo" cuando se conocieron los resultados.

MARTES 19 DE OCTUBRE DE 2010
Resolución del Defensor del Pueblo




El defensor del Pueblo, nos ha informado su solicitud a la Real Federación Española de Gimnasia, de la inclusión de los artículos relativos a la abstención y recusación de las jueces de los campeonatos de gimnasia para evitar que una técnico de un equipo se pueda sentar como juez de la competición donde participe su equipo. Este escrito se ha remitido también a la Dirección General de Deportes para que la Federación Murciana lo incluya en sus reglamentos. Hoy por hoy aún no se ha hecho nada, pues en el Campeonato Regional de Base celebrado el pasado sábado, nuevamente ha habido una juez con relación de parentesco en segundo grado de cosanguinidad con una participante y, jueces- técnico de los equipos que participaban.
Habrá que seguir trabajando para que la reglamentación sobre la composición de los jurados sea más justa e imparcial.






Miércoles 1 de diciembre de 2010
¡ UN GRAN ÉXITO!
El Defensor del Pueblo, nos remite una carta con las conclusiones finales de la reclamación que en su día efectuamos ante ésta instución.
En la carta nos afirma que la RFEG, va a incluir en sus próximas normativas nuestra reclamación sobre la abstención y recusación de los jueces de las competiciones.
Os adjuntamos los dos artículos a los que se hace referencia:




Artículo 28. Abstención.
1. Las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el número siguiente de este artículo se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
2. Son motivos de abstención los siguientes:
A) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
B) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
C) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
D) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
E) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
3. La actuación de autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas en los que concurran motivos de abstención no implicará, necesariamente, la invalidez de los actos en que hayan intervenido.
4. Los órganos superiores podrán ordenar a las personas en quienes se dé alguna de las circunstancias señaladas que se abstengan de toda intervención en el expediente.
5. La no abstención en los casos en que proceda dará lugar a responsabilidad.



Artículo 29. Recusación.
1. En los casos previstos en el artículo anterior podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
2. La recusación se planteará por escrito en el que se expresará la causa o causas en que se funda.
3. En el día siguiente el recusado manifestará a su inmediato superior si se da o no en él la causa alegada. En el primer caso, el superior podrá acordar su sustitución acto seguido.
4. Si el recusado niega la causa de recusación, el superior resolverá en el plazo de tres días, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos.
5. Contra las resoluciones adoptadas en esta materia no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento.

4 comentarios:

  1. Hola:
    Estaría bien que realmente pusierais lo que realmente quereis poner, que firme alguien con nombre y apellidos.
    Veo que seguís sin entender lo que significa la comunicación.
    Un saludo
    Alfredo Vela

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  2. Qué queremos poner? no entiendo.
    Qué no sabemos lo que es la comunicación? sigo sin entender.
    Usted que lo entiende todo y sabe de todo anímese, hace falta gente como usted. Quizás ayude a estos padres de Murcia a resolver su problema. Le invito a que lea los siguientes enlaces, verá que simplemente es una información que se está difundiendo sobre este deporte y que puede afectar al mismo:

    "Enlaces de la asociacion juego limpio en la gimnasia ritmica donde hablan del escrito enviado al defensr del pueblo sobre el tema de jueces y entrenadoras:

    http://asociagim.blogspot.com/2010/10/resolucion-del-defensor-del-pueblo.html

    http://asociagim.blogspot.com/2010/12/un-gran-exito.html

    Denuncia de una juez de gimnasia ritmica contra los padres y la sentencia:

    http://asociagim.blogspot.com/2010/10/aqui-esta-la-sentencia.html

    Denuncia presentadas por los padres ante el defensor del pueblo contra la federación de Murcia:

    http://www.laopiniondemurcia.es/deportes/2009/11/26/denuncian-federacion-defensor-pueblo/213567.html

    Es mejor que deje en paz este club, que ya no es el suyo.
    Este es un medio de expresión libre en el que tiene cabida cualquier asunto de interés relacionado con la G. R. y nuestro club.
    Por deferencia y educación he colgado su comentario, espero que si vuelve a realizar alguno sea en tono cordial y respetuoso, sino no será publicado.
    Porque no queremos decir nada más allá de lo que que queremos decir, espero que lo entienda, seguro que si porque Usted si que entiende lo que es la información y la comunicación.

    Un saludo del editor de este blog, que desde luego tiene nombre y apellidos y que Usted ya conocía, pero se los recuerdo, Roberto Alonso, para servirle.
    Ah se me olvidaba, si a Usted no le gusta lo que se publica o se escribe en este blog, simplemente no entre y no lo lea.

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  3. Los que me conoceis sabeis que la Gimnasia Rítmica no es mi fuerte.

    Desde que nuestras hijas empezaron a hacer gimnasia siempre hay algo que no he entendido y es lo siguiente:

    ¿Alguien se imagina un Real Madrid Vs FC Barcelona arbitrado por Mourinho? ¿o por Guardiola?

    Lo que realmente me da rabia es que por caprichos o enchufes o vaya usted a saber qué se juegue con la ilusión y el trabajo de nuestras hijas y entrenadoras y esto se ve en los campeonatos de toda índole incluyendo Mundiales y Juegos Olímpicos.

    Creo que hay algo que tiene que cambiar en este deporte.

    Lali y Eduardo

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  4. Laura (de Burgos)31 de enero de 2011, 1:01

    Quiero dar mi opinión como ex-gimnasta sobre el tema ya que veo que hay gente que NO ENTIENDE o que prefiere NO ENTENDER. Lo que se denuncia por parte de los algunos padres de Murcia y que este blog (el cual sigo) ha publicado para darlo a conocer fuera de la region, es algo que las que hemos sido gimnastas conocemos a la perfección, esto no es nuevo, es algo que llevamos padeciendo desde ... siempre. Este deporte es muy duro, muy sacrificado pero lo hacemos porque nos gusta y disfrutamos con ello, pero lo realmente duro es salir a competir, porque no siempre las puntuaciones se ajustan a la realidad. Todas luchamos y nos sacrificamos por ser las mejores y solo queremos que se nos juzgue por lo que se ve en el tapiz, sin valorar de que club somos o amigas de quien, y esto es algo que ha pasado, está pasando y seguirá pasando pese a quien le pese porque hay amistades que no se pueden probar. Por eso queria decirle al Sr. Alfredo que no hace falta poner nombres para dar a conocer una noticia que afecta al mundo de la GR, que importa, lo realmente importante seria luchar todos juntos por intentar conseguir que las competiciones sean lo mas ecuanimes posibles y creo que lo publicado en este blog dice precisamente lo que quiere decir. Supongo por lo que dice y por su forma de atacar que Vd. no conoce este mundo ni lo que significa la comunicación, pero yo se lo resumo: dar a conocer un mensaje a traves de algún medio, pero para ello tiene que haber un emisor (que lo hay) y un receptor que en su caso lo dudo porque parece que prefiere NO ENTENDER lo que se dice, no se si por interes propio o por desconocimiento del tema, ni lo se ni me importa pero por la respuesta del editor de este blog parece que sí, que Vd. conoce este tema entonces ¿porque?
    Gracias por leer y gracias por publicar el mensaje. Un saludo desde Burgos.

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